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Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos
La Unidad de Gestión de Extranjería-Colectivos Estratégicos (UGE-CE) se constituyó en el año 2007 como consecuencia de un acuerdo del Consejo de Ministros y, actualmente, el Real decreto 577/2011, de 20 de abril, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, se refiere específicamente a ella en su exposición de motivos, siendo regulado el contenido de su actuación en el título IX de dicha norma.
La finalidad de la UGE-CE es dar repuesta ágil a las necesidades planteadas por las empresas y organismos que requieren traer a España personal no comunitario altamente cualificado, al tiempo que ofrecer un asesoramiento experto sobre las posibilidades legislativas existentes y sus procedimientos.
El ámbito competencial de la Unidad es la gestión de autorizaciones de residencia (no lucrativa y reagrupación familiar), residencia temporal y trabajo (cuenta ajena, duración determinada, tarjeta azul, régimen de investigadores, prestación transnacional de servicios), que se soliciten a favor de personal directivo, técnico de alta cualificación, científico, profesorado de universidades y artistas de reconocido prestigio internacional, en cuya contratación concurran razones de interés económico, científico, social, laboral o cultural.
Si desea conocer en profundidad el procedimiento de extranjería que puede tramitar la UGE-CE, puede consultar en la siguiente hoja informativa:
- Entrada, residencia y trabajo en España de personal directivo o altamente cualificado.
Si desea conocer detalladamente la documentación que tiene que presentar para solicitar autorizaciones a favor de los colectivos incluidos en el ámbito subjetivo de la UGE-CE, puede consultar nuestra “cartera de documentos”:
Por otra parte, la Unidad de Gestión de Extranjería-Colectivos Estratégicos tiene también atribuida la resolución de las autorizaciones que la disposición adicional primera. 3 del Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 4/2000 obliga a presentar en la Dirección General de Migraciones, es decir, las autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena para empresas que, teniendo diversos centros de trabajo, en distintas provincias cuenten con una plantilla superior a 500 personas.
Si desea conocer en profundidad los procedimientos de extranjería que tramita la UGE-CE, en aplicación de la disposición adicional primera. 3 del Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 4/2000, puede consultar en la siguiente hoja informativa:
- Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
Si desea conocer detalladamente la documentación que tiene que presentar para solicitar autorizaciones en aplicación de la disposición adicional primera. 3 del Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 4/2000, puede consultar “cartera de documentos”:
Sólo para empresas y empleadores:
El horario de atención al público, sin cita previa, es de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Teléfonos de contacto: 91 363 32 75 y 91 363 32 67
Correo electrónico: unidadgrandesempresas@meyss.es
Puede concertar cita previa directamente en la UGE-CE, por teléfono en los números 916363258 (de 9 a 14 horas) o mediante correo electrónico en: unidadgrandesempresas@meyss.es. La cita previa debe solicitarse con una antelación mínima de una semana y previamente debe haberse enviado el formulario cumplimentado, con los datos necesarios para la pregrabación de las solicitudes.
Puede descargarse el folleto informativo sobre la UGE-CE pinchando este vínculo:
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IMPORTANTE: Requisitos para solicitar autorizaciones de residencia y trabajo en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGECE) de la Dirección General de Migraciones.