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Informe de escolarización de menores
El informe de escolarización de menores puede ser presentado por los extranjeros que tengan en España menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria (de 6 a 16 años) cuando soliciten:
- La renovación de una autorización de residencia
- Una residencia de larga duración
- Una modificación de una situación de residencia por circunstancias excepcionales a una situación de residencia o de residencia y trabajo o a una residencia con exceptuación de la autorización de trabajo.
El informe debe ser solicitado a la autoridad competente en la Comunidad Autónoma donde se encuentre escolarizado el menor a cargo.




